martes, 21 de febrero de 2012

TALLER N - 2




TALLER N – 2
NORMATIVIDAD AMBIENTAL  Y CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA.

  1. INVESTIGAR LOS ARTICULOS LOS TEMAS Y LOS CONTENIDOS DE LOS SIGUIENTES ART DE LA CONTITUCION DE COLOMBIA :

ARTICULO 7o. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.

ARTICULO 8o. Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

ARTICULO 49. Artículo modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 2 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:> La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.
Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.

La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.
Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y de su comunidad.

El porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas están prohibidos, salvo prescripción médica. Con fines preventivos y rehabilitadores la ley establecerá medidas y tratamientos administrativos de orden pedagógico, profiláctico o terapéutico para las personas que consuman dichas sustancias. El sometimiento a esas medidas y tratamientos requiere el consentimiento informado del adicto.
Así mismo el Estado dedicará especial atención al enfermo dependiente o adicto y a su familia para fortalecerla en valores y principios que contribuyan a prevenir comportamientos que afecten el cuidado integral de la salud de las personas y, por consiguiente, de la comunidad, y desarrollará en forma permanente campañas de prevención contra el consumo de drogas o sustancias estupefacientes y en favor de la recuperación de los adictos.

ARTICULO 58. Artículo modificado por el artículo 1. Del Acto Legislativo 1 de 1999. El nuevo texto es el siguiente: Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una ley expedida por motivos de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social

ARTICULO 63. Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

ARTICULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

ARTICULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.

ARTICULO 88. La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.
También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares.
Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos.

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

ARTICULO 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.
Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y del ciudadano:
1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.

2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para        mantener la independencia y la integridad nacionales.

4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;

7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;

8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

ARTICULO 330. De conformidad con la Constitución y las leyes, los territorios indígenas estarán gobernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades y ejercerán las siguientes funciones:

1. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento de sus territorios.

2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desarrollo económico y social dentro de su territorio, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.

3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución.

4. Percibir y distribuir sus recursos.

5. Velar por la preservación de los recursos naturales.

6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en su territorio.

7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo con las instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.
8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entidades a las cuales se integren; y
9. Las que les señalen la Constitución y la ley.
2.    INVESTIGAR LAS SIGUIENTES  NORMA ACTUALIZADAS A LA FECHA Y ANALIZARLAS  CON COMENTARIOS ARGUMENTADOS.


Decreto Ley 2811 de 1974, Código de Recursos Naturales Renovables

Este decreto habla del medio ambiente, de los recursos renovables, así como de su protección; establece que el medio ambiente es fundamentalmente un bien común, de interés general, ya que su adecuado uso ayuda a mejorar la calidad de vida de las personas y de todo su entorno.
Todo estado debe clarificar sobre mecanismos de defensa del medio ambiente y la utilización óptima de sus recursos renovables, los artículos contenidos en este decreto explican no solo sobre conservación ambiental, sino de responsabilidades que tiene en este caso el gobierno colombiano para implementar normas  que se puedan cumplir y  la  
Específicamente nos aclara que se deben controlar los efectos de explotación  de los recursos naturales, en todo sentido, llámese agua, aire, atmósfera, flora, fauna y demás; también  nos ayuda a entender la función del hombre en todo lo relacionado a este tema, ya que su eficaz intercesión colabora con el desarrollo continuo de normativas que regulen   la actitud de la población  frente al medio ambiente como tal.
Según los temas de estos artículos se enfatiza en controlar la acción del ambiente en cuánto al ruido, manejo de basuras, niveles contaminantes que afecten la atmósfera, en fin en factores que no propendan a un ambiente sano; se habla también de la influencia internacional que ha hecho que el gobierno establezca leyes que protejan el medio ambiente de posibles deterioros externos producidos por otros países.
Las regulaciones habladas anteriormente contemplan también que se impulsará a dar educación ambiental en colegios y  entes educativos, ya sea a través de incentivos económicos que apoyen dicha idea; el gobierno como estado anualmente registra información ambiental sobre  distintas zonas, realizando inventarios  de flora, fauna de cartografía y también durante el año establece un presupuesto para proyectos de preservación ambiental.
Finalizando este tema contenido en estos artículos podemos apreciar que se enfoca en las licencias ambientales para construir, los mecanismos que tiene el Ministerio de Relaciones Exteriores para intervenir en políticas ambientales a nivel internacional y a su vez nos da una mirada detallada  punto por punto de toda la dinámica que se tiene que conocer y manejar para evitar el deterioro del medio ambiente y los recursos renovables que constituyen la evolución del hombre de la mano de su entorno.



Ley 23 de 1973
El objeto de esta ley es prevenir y controlar la contaminación del medio ambiente y buscar el mejoramiento, conservación y restauración de los recursos naturales renovables, para defender la salud y el bienestar de todos los habitantes. El medio ambiente es muy importante, por lo tanto su mejoramiento y conservación del estado como de las personas particulares debemos cuidarlo y mantenerlo libre de basuras y de otros objetos que puedan dañarlo y que afecten el aire, el agua, el suelo y nuestra salud.
Si contaminamos el medio ambiente con sustancias y otros elementos se perderá los recursos naturales como la fauna, la flora, el ecosistema y otras especies que pueden desaparecer por culpa de nosotros mismos y de las empresas que no cumplen con los programas y las normas de sanidad.
El Gobierno Nacional debe crear programas y charlas para concientizar a las personas y a las empresas de que están afectando y dañando nuestro medio ambiente, sino también  podrá crear incentivos y estímulos económicos para fomentar programas e iniciativas para la protección del medio ambiente. En el programa también debe incluir programas de educación a nivel primario, medio, técnico y universitario y también cursos regulares sobre conservación y protección del medio ambiente.
El Gobierno Nacional podrá supervisar los procesos industriales, comerciales o de cualquier otra índole, para reducir o eliminar la contaminación y controlar la fuente de la misma. Dentro del Presupuesto Nacional, el Gobierno deberá incluir un programa de preservación ambiental.
Si tomadas todas estas medidas las empresas que no cumplan con estos requisitos serán sancionadas con multa conforme a la ley, toda acción que conlleve la contaminación del medio ambiente.


DECRETO 1753 DE 1994
Este decreto nos habla sobre las licencias ambientales que se les otorga a las personas para la realización de un proyecto, obra o actividad que conforme a la ley y a los reglamentos, puede producir un deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente al introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje natural, y en la que se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario de la Licencia Ambiental debe cumplir para prevenir, mitigar, corregir, compensar y manejar los efectos ambientales del proyecto, obra o una actividad autorizada.
Para dar estas licencias se deben incluir los siguientes requisitos:
v  La identificación de la persona natural o jurídica, pública o privada a quien se autoriza el proyecto, obra o actividad, indicando el nombre, razón social, documento de identidad y domicilio.
v  Localización y descripción del proyecto, obra o actividad.
v  Consideraciones y motivaciones que han sido tenidas en cuenta para el otorgamiento de la Licencia Ambiental.
v  Término de la Licencia Ambiental.
v  Señalamiento de todos y cada uno de los requisitos, condiciones y obligaciones que debe satisfacer y cumplir el beneficiario de la Licencia Ambiental.
v  Las consecuencias del incumplimiento de los requisitos, condiciones y obligaciones impuestos al beneficiario de la Licencia Ambiental, conforme a la Ley y los reglamentos.
Cuando el beneficiario de una Licencia Ambiental deberá prestar una póliza de cumplimiento o una garantía bancaria, a favor de la autoridad Ambiental competente, según ésta lo determine teniendo en cuenta los riesgos inherentes del proyecto y otras garantías ya constituidas, con el fin de asegurar el cumplimiento de los términos, requisitos, condiciones exigencias u obligaciones, de la Licencia Ambiental, como las garantías serán prestadas hasta por un máximo del 30% del valor anual del plan de manejo. En una cuenta bancaria se destinará a una Subcuenta del Fondo Nacional Ambiental, con el objeto de utilizar en compensación, corrección, mitigación y manejo de los impactos y efectos causados.
Estas licencias deberán ser renovadas anualmente y tendrá vigencia durante la vida útil del proyecto, hasta por dos años más a juicio de la autoridad ambiental.
Las entidades que son encargadas de dar las licencias de ambientales son:
·         El Ministerio de Medio Ambiente.
·         Las Corporaciones Autónomas Regionales.
·         Los Municipios, Distritos y Áreas Metropolitanas cuya población urbana sea superior a un millón de habitantes.
·         Las entidades territoriales delegatarias de las Corporaciones Autónomas Regionales.

Este decreto es muy importante porque nos permite saber cómo se otorgan las licencias ambientales y que no a todas las personas se les puede dar esta licencia sino cumple con todos los requerimientos que se requiere.

DECRETO 21503 DE 1995

Este decreto no está vigente en la actualidad.

LEY 491 DE 1999

El objeto de esta ley es crear los seguros ecológicos como un mecanismo que permita cubrir los perjuicios económicos cuantificables a personas determinadas como parte o como consecuencia de daños al ambiente y a los recursos naturales.
El seguro ecológico será obligatorio para todas aquellas actividades humanas que le puedan causar daños al ambiente y que requieran licencia ambiental, de acuerdo con la ley y los reglamentos. La autoridad ambiental verificará que efectivamente tenga las coberturas y los montos asegurados adecuados.
Si la persona que está realizando una actividad y no tiene el seguro ecológico será sancionada por no tener esta póliza y se presentara un daño podrá ser multado por la respectiva autoridad ambiental hasta por el equivalente a la mitad del costo total del daño causado, y no fuera sido reportado será multado por la respectiva autoridad ambiental hasta por el equivalente a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, o a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, si la circunstancia del reporte o su tardanza hubiere hecho más graves las consecuencias del daño.
Si no se cumple esta ley se llevara a cabo todas las disposiciones legales pertinentes.

DECRETO 1122 DE 1999
Este decreto nos habla sobre las normas generales aplicables a las regulaciones, procedimientos y trámites administrativos, Las regulaciones, los procedimientos y los trámites administrativos tienen como finalidad garantizar los derechos de los ciudadanos y la eficacia y eficiencia de la Administración Pública, tanto en su funcionamiento interno como en su relación con los usuarios de sus servicios.
La Administración Pública no podrá exigir permisos previos ni requisitos que no estén previstos en la Ley o que no hayan sido autorizados expresamente por ésta. Las normas administrativas expedidas en violación a este se tendrán por no escritas y generarán responsabilidad disciplinaria para el funcionario que las expida. Cualquier ciudadano podrá solicitar ante la autoridad que expidió el acto la revocatoria del mismo.
La Administración Pública debe asegurar a todos sus usuarios la efectividad de sus derechos aplicará las regulaciones, procedimientos y trámites de la manera que resulte más favorable a la protección de los derechos de los administrados. El servidor público será responsable por cualquier retardo grave e injustificado en relación con las actuaciones que deban surtirse respecto de los particulares, con las normas disciplinarias.



LEY 397 DE 1997
Esta ley nos habla sobre las normas sobre el Patrimonio Cultural y de la creación del Ministerio de Cultura. El Patrimonio Cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular. Serán declarados como bienes de interés cultural, conforme a los criterios de valoración que para tal efecto determine el Ministerio de Cultura.
Son Patrimonio Arqueológico aquellos muebles o inmuebles que sean originarios de culturas desaparecidas, o que pertenezcan a la época Colonial, así como los restos humanos y orgánicos relacionados con esas cultura. Igualmente, forman parte de dicho patrimonio los elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre y sus orígenes. También podrán formar parte del Patrimonio Arqueológico, los bienes muebles e inmuebles representativos de la tradición e identidad culturales pertenecientes a las comunidades indígenas actualmente existentes, que sean declarados como tal por el Ministerio de Cultura, a través del Instituto Colombiano de Antropología, y en coordinación con las comunidades indígenas.
El que encuentre bienes arqueológicos deberá dar aviso inmediato a las autoridades civiles y policivas más cercanas, las cuales tendrán como obligación informar del hecho al Ministerio de Cultura, durante las veinticuatro horas siguientes.
En el proceso de otorgamiento de las licencias ambientales sobre áreas declaradas como Patrimonio Arqueológico, las autoridades ambientales competentes, consultarán con el Ministerio de Cultura, sobre la existencia de áreas arqueológicas y los planes de protección vigentes, para efectos de incorporarlos en las respectivas licencias.
El Ministerio de Cultura dará su respuesta en un plazo no superior a 30 días calendario.

DECRETO 2811 DE 1974 PARTE XII
Este decreto nos habla sobre los recursos del paisaje y su protección.


DECRETO 1715 DE 1978

Nos habla sobre que la comunidad tiene derecho a disfrutar de paisajes urbanos y rurales que contribuyan a su bienestar físico y espiritual.
El Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Medio Ambiente (INDERENA), determinará los paisajes que merecen la  protección del estado y de las persona para su conservación con El fin de garantizar a los usuarios que en las  carreteras nacionales disfrute del paisaje.
Se Prohíbe deformar o alterar elementos naturales como piedras, rocas, peñascos, praderas, árboles, con pintura o cualquier otro medio para fines publicitarios o de propaganda en general. Tampoco se podrán aducir fines artísticos para producir tales efectos, la alteración es perjudicial o antiestética de paisajes naturales es un factor que deteriora el ambiente y quien produzca tales efectos incurrirá a sanciones y multas hasta doscientos mil pesos ($200.000.oo) cuando el deterioro se pueda subsanar por el propio contraventor y hasta quinientos mil pesos ($500.000.oo), se fijará teniendo en cuenta la gravedad de la infracción y estos dineros deberán destinarse exclusivamente a financiar proyectos de preservación ambiental.














jueves, 16 de febrero de 2012

TALLER N - 1





Taller de Medio Ambiente
Investigue los siguientes temas, con el fin de realizar las actividades solicitadas a continuación.

v  Concepto de la conciencia moral.
La conciencia moral es una parte muy importante que tenemos los seres humanos que nos permite saber cuándo estamos actuando   bien o  mal. También nos permite ser justos a la hora de tomar decisiones ante las demás personas en cualquier tipo de situación que se nos presente.

v  Concepto de principio.
El principio es el concepto que utilizamos para dar  inicio o  comienzo  a una situación  que se presenta,  ya sea una idea o un trabajo de cualquier tipo, también son los lineamientos que rigen de una manera u otra el accionar humano.

v  Concepto de valor.
Son las cualidades que poseemos los seres humanos, que nacen de nuestro interior, que nos hacen ser mejores personas, que cultivamos a lo largo de la vida y que nos permite sentir a diario mucha   satisfacción personal.

v  Concepto de derecho.
Es el conjunto de normas y leyes reglamentadas por la sociedad para tratar de dirigir la conducta humana, que le otorga facultades para que pueda vivir armónicamente y pueda desarrollarse como un ser integral.

v  Concepto de deber.
Nos referimos con este concepto a los mandatos y obligaciones que tienen las personas  mediante los cuales se modifica nuestra conducta. También podríamos decir que es  como un  auto obligación, la cual está unida a la conciencia y a nuestra responsabilidad con los demás personas y  nosotros mismos. Se pueden considerar como obligatorios y no obligatorios.

v  Características de los derechos humanos.
Los derechos humanos son las leyes que se aplican a todas las personas    sin importar edad, género, raza, religión, ideas, nacionalidad entre otras y que les da la capacidad de vivir libremente.  Cada persona tiene los mismos derechos  y nadie puede estar excluido o discriminado, todos deben ser respetados y garantizados por autoridades y gobernantes.

v  Principios de autonomía, libertad y responsabilidad.
La autonomía es la facultad   que tienen las personas para dirigir su vida y actuar de forma personal e interna, basada en criterios propios adquiridos a lo largo de sus experiencias vividas día a día.
La libertad es la capacidad que tenemos todas las personas para tomar decisiones a nuestra voluntad que nos permiten actuar como deseamos sin tener que pedir la opinión de otros.
La responsabilidad es la condición que tienen las personas para ser consecuente con sus obligaciones, responder por ellas, todo esto en procura de una mejor calidad de vida y posterior desarrollo de la persona.  

v  Principio de inviolabilidad y dignidad de la persona.
La inviolabilidad es un principio que describe la confidencialidad de los asuntos personales y que tienen su base  justamente en  no inmiscuirse en ellos y mucho menos en intervenir de alguna manera.
 La dignidad  de la persona es una condición fundamentada en el hecho de respetar la integridad de ellas como tal, es decir, todo ser humano valora su dignidad, la defiende y apoya,  sostenido en su capacidad de mejoramiento continuo y de favorable convivencia social.

v  Principio de ciudadanía.
Es aquel que se reglamenta en los ciudadanos que dirigen sus expectativas  de vida en sociedad, estableciendo normas basadas en el buen comportamiento, la honestidad y  los valores encaminados a un  bienestar social adecuado, equitativo y justo con todas las personas que lo conforman.
Conceptos de la siguiente terminología:

v  Acumulación de bienes
Es  el aumento desmedido de bienes que pueden ser de capital, productivo, agrícola entre otros, que colaboran con el crecimiento de una economia.

v  ángulo político
Es aquel que se sitúa dentro del contexto de lo político, influyendo en asuntos relativos a la organización del gobierno y  disposiciones publicas características del estado.

v  ángulo no político
Este  Angulo  está  fundamentado en otros aspectos de carácter social, económico entre otros,  que  buscan el enfoque  desde otro punto de vista, más alejado de la política y  más direccionado con el bienestar colectivo.  

v  autodeterminación
Es el derecho a decidir libremente y por sí mismo la forma  como regir su vida,  entre otros aspectos y   de esta forma poder tener su propia identidad.

v  Cambio
Son las distintas modificaciones que se van dando en cualquier ámbito o situación a lo largo de la vida y que de una manera u otra van generando movimiento, lo cual conlleva  a un giro ojala positivo.

v  Conocimiento
Es el entendimiento y la razón natural que poseemos los seres humanos, que nos da la facultad de aprender a cerca de nuestro alrededor, de generar ideas que nos muestren el dinamismo del mundo circundante.

v  conocimiento parcial
Es aquel mediante el cual solo se puede acceder a una determinada información de carácter confidencial,   no importa si son diferentes entidades y si por separado realizan otras actividades.

v  conocimiento teórico
Es aquel conocimiento  que se percibe a través de los sentidos, que expresa una realidad de las cosas que se observan de forma pura,  necesita aplicaciones mucho más sencillas guiadas por definiciones más sensoriales.

v  construir futuro
Es aquel camino que vamos desarrollando a través de la vida, en donde vislumbramos la idea de un mejoramiento continúo y deseamos profundamente proyectarnos hacia un futuro con oportunidades y cambios que nos favorezca la convivencia más  adelante.

v  contradicciones antagónica
Son disposiciones contrarias u opuestas a la de los demás, que generan discrepancias en su entorno; también lleva a la inestabilidad de ideas que pone la diferencia en primer plano.

v  contradicciones naturales
Es cuando se presentan diferencias de ideas en forma natural, ya que es común presenciar aspectos discordantes que expresados claramente pueden llevar a solucionar problemas de manera más sencilla.


v  cultura humana
Son aquellas manifestaciones grupales de las necesidades, intereses y valores de una sociedad. Esta cultura les permite a los seres humanos identificarse en un grupo determinado, permitiéndole así permanecer adherido a él y muchas veces se dan  modificaciones que permiten en consecuencia intercambios culturales que favorecen el progreso de una sociedad.
  
v  desarrollo o evolución
La evolución como tal tiene un amplio concepto, consistente en entender que este factor ha sido la clave para el desarrollo del hombre, ya que a través del tiempo ha estado regido por una serie de componentes desde el plano biológico hasta el social. La idea de evolución representa para el ser humano la capacidad de estar en constante descubrimiento de la naturaleza del hombre y  sus cambios en la sociedad.


v  Dialéctica
Es el método mediante el cual se investiga la naturaleza de la verdad, a través del análisis de teorías, conceptos e hipótesis. Es  también el arte de dialogar y  discernir ideas que conlleven a un conocimiento más absoluto de las cosas.

v  direccionalidad
Es el camino que se toma y va dirigido a encaminar la senda por la cual  guiamos nuestras expectativas  de vida, nos enfocamos en ideales definidos que ponemos en práctica, impulsados por esperar de ellos logros y consecuentemente triunfos que direccionados correctamente nos pueden ayudar en la consecución de los mismos.

v  experiencia contemporánea
Esta experiencia es la que desarrollamos y vivenciamos en la actualidad, ya que este nuevo siglo trae  consigo a su vez cambios y estos también llevan a adquirir nuevos conocimientos para ir a la par con la era actual.

v  experiencia genética
Es la que surge  debido a la experiencia de la vida pasada de una persona   y que son transmitidos por los genes manifestándose por ejemplo  en los  gustos, la personalidad entre otras cosas.

v  experiencia histórica
Es la que está  enmarcada  directamente  por  hechos  que a lo largo del tiempo   han mostrado la capacidad que tiene el hombre para  evolucionar; esta experiencia refleja las vivencias de la humanidad.

v  experiencia personal
Son vivencias adquiridas de forma individual con el tiempo, dentro de las cuales presenciamos sucesos y adquirimos conocimientos sobre distintos aspectos en nuestra vida, esto nos hace aprender sobre la importancia de vivir cada día con plena autonomía.

v  experiencia y sensibilidad
La experiencia es aquella enseñanza  sacada de lo que uno como persona ha hecho a lo largo de su vida y los conocimientos adquiridos a través de la práctica de momentos y situaciones que marcan la madurez  de una  persona.
La sensibilidad es consiste en ser capaz de percibir  a través de los sentidos  una serie de emociones propias de la condición humana y que lo faculta a sentir afectos; esto  le ayuda a  humanizarse apoyado  en los sentimientos que afloran dentro de cada persona y que lo hacen  ser mejor  cada día.


v  ideales objetivos y proyecto
Los ideales son aquellos deseos que  uno  se plantea como persona en la vida y que aspira a  llevarlos a cabo;  son  consecuencia   de metas que  uno  formula  para  obtener de logros que busquen de una manera u otra  una satisfacción personal.
Los objetivos son  aquellos logros que uno quiere alcanzar en la vida y que tienen como finalidad el hecho de ser mejor cada día, existen objetivos a corto, mediano y largo plazo, clasificándolos así para  su mayor ejecución.
Los proyectos tienen un significado muy importante para los seres humanos porque los construimos pensando en bienestar, progreso y realización  personal, ya que son los fundamentos que plantean  ideales de vida y  metas.  


v  inmoralidad y moralidad
La inmoralidad  es el sentido contrario de la moral, y por lo tanto es el incumplimiento de las normas que regulan el comportamiento adecuado  de las personas, esto lo reprocha la sociedad y no beneficia al individuo para su desarrollo.
La moralidad es la necesidad que tiene las personas para vivir en comunidad y en total equilibrio con el medio  que lo rodea.

v  intereses
Son los  beneficios que se obtienen  o las utilidades que se reciben  por  facilitar un dinero prestado a una persona, dichos intereses son de común acuerdo y contribuyen con la economia.

v  intereses particulares
Son aquellos que como su nombre lo indica  influyen directamente sobre las finanzas individuales de alguien que busca hacer rendir su  capital propio en pro de su bienestar económico.

v  Irracionalidad
Esta se da cuando se pierde toda facultad de razonar adecuadamente  como debería hacerlo cualquier ser humano;  ante la pérdida del raciocinio no podremos mantener buenas relaciones con los demás y esto perjudicaría nuestra supervivencia.


v  ley de unidad de contrario
Esta ley


v  ley de causa – acción –efecto
La ley de causa es aquella originada por un suceso que participa en el cambio que se da de algo, influye directamente en la consecución de eventos derivados de esta situación.
La acción está  condicionada por un  movimiento que se realiza  para hacer un determinado proceso dado el esfuerzo que conlleva ejecutarlo.
El efecto es la consecuencia producida por una acción que se pone en práctica  y de la cual se espera obtener los mejores resultados.


v  metodología
Son los distintos procedimientos que secuencialmente se realizan  a través de análisis y observancia de sucesos que concluyen con una finalidad establecida para obtención  de resultados.

v  necesidad
Es aquella que se da cuando se tiene un interés particular en algo de vital importancia y se requiere poder realizarlo,  de allí nace el deseo de poder cumplirlo logrando así satisfacción y bienestar.

v  necesidad común, política
Esta se da  cuando varias personas tienen un mismo objetivo y unidos impulsan esa idea y la llevan a cabo.
La necesidad política  está basada en el interés por los asuntos de estado, responsabilidades de gobierno y demás temas administrativos concernientes a la actividad política, todo esto en pro de la comunidad.
v  problemática social
Es cuando en una sociedad o grupo de personas hay un conflicto por el cual se presentan enfrentamientos entre ellos mismos o con el medio en el que se encuentra.

v  trabajo y actividad
El trabajo es el esfuerzo que realizan  las personas para desempeñar diferentes actividades que conlleven a  mejorar su calidad de vida.
La actividad es el proceso que hacen una o varias personas para terminar una labor o un ejercicio para el desarrollo de las mismas.   
v  unidad
Es cuando las personas necesitan algo en común y unifican esfuerzos  encaminados a  poder realizarlos, esta unidad llevada de una manera conjunta es el principal comienzo de una mejor  convivencia social.

v  unidad global
Es cuando un grupo de personas de diferentes partes del mundo se reúnen para tratar de solucionar un problema, o  tienen un objetivo en común que los beneficien a ambas partes  por igual.